Conoce el derecho sucesorio en Aragón, La Legítima

En el momento de redactar testamento, el testador aragonés no es totalmente libre para disponer de su patrimonio. La mitad de los bienes debe ir destinada a los descendientes.

Efectivamente, Los descendientes del testador tienen derecho a la mitad de la herencia.

Se entiende por descendientes a los hijos, habidos dentro o fuera del matrimonio, incluye a los hijos adoptivos. Si los hijos han premuerto al causante, será los hijos de éstos quienes sucedan y en su ausencia, los descendientes. Es decir el titular del derecho a la legítima son los hijos, nietos, biznietos…

En el testamento la distribución a la legítima es libre. Puede distribuirse igual o desigualmente. Entre todos los legitimarios o algunos. También puede atribuirse a uno solo de ellos. En el caso de que exista un descendiente que no vaya a recibir ningún bien, hay que mencionarlo en el testamento como muestra de que no ha sido olvidado.

La legítima se calcula teniendo en cuenta el valor de todos los bienes al momento de liquidarse, se incluyen los bienes donados por el causante al tiempo de la donación pero actualizado su importe al tiempo de liquidarse la legítima.

Se puede renunciar a la legítima antes del llamamiento a suceder a través del otorgamiento de pactos sucesorios o después del llamamiento siguiendo el mismo procedimiento que el empleado para renunciar a la herencia.

En despacho de abogados Susana Barcos podemos ayudarle a resolver dudas sobre la forma de redactar un testamento así como en procedimientos de declaración de herederos, adjudicación y partición de herencia o litigios judiciales.

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