Abogado herencias Huesca: conoce qué es la declaración de herederos
Cuando una persona ha fallecido sin otorgar testamento, es necesario realizar una declaración de herederos. En nuestro despacho de abogados podemos ayudarte a llevar a cabo esta gestión gracias a los servicios de un abogado herencias Huesca.
Para saber si la persona fallecida ha otorgado testamento, se deberá pedir Certificado de últimas voluntades en el Registro de Últimas Voluntades. Si hay testamento, este certificado especifica el nombre del notario donde se otorgó y la fecha.
En el caso de no existir testamento, se hace necesaria La declaración de herederos ante el notario competente. El fedatario público al que habrá que acudir es el del último domicilio del fallecido, el del lugar donde estuviera la mayor parte del patrimonio a heredar, el del lugar en que hubiera fallecido, o el del lugar del domicilio del solicitante. Las personas legitimadas para solicitar la declaración de herederos son los hijos o descendientes del fallecido, los ascendientes y el cónyuge viudo. A falta de los anteriores, los hermanos del difunto. Y si alguno de ellos ha fallecido, los hijos de éste.
El notario, o fedatario público, a través de un acta de notoriedad, declarará quienes están llamados a heredar los bienes del finado en aplicación de la Ley, es decir se trata de sucesión legal. Por tanto, la escritura notarial llamada acta de notoriedad equivaldrá al testamento.
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El Código de Derecho Foral Aragonés dispone quienes son los herederos del siguiente modo: La orden de sucesión legal se concede en primer lugar a los parientes de la línea recta descendientes. Los hijos heredarán por derecho propio y a partes iguales. En segundo lugar, a los ascendientes. En tercer lugar, al cónyuge viudo. En cuarto lugar, a los colaterales hasta el cuarto grado. La documentación necesaria para instar la declaración de herederos es la siguiente; Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades, libro de familia de la persona fallecida, dni de la persona fallecida y dos testigos que hubieren conocido al finado y sepan de su situación familiar y personal. Los testigos no pueden ser beneficiarios de la herencia.
En la declaración de herederos no se reparten los bienes propiedad de la persona fallecida, pero sí se especifica el porcentaje que a cada heredero corresponde. Por lo que el procedimiento no termina aquí. Una vez el notario entregue la escritura de la declaración de herederos, los llamado a heredar deberán manifestar si aceptan o repudian la herencia. De entre los que acepten la herencia, se realizará el reparto de los bienes y de las deudas, si las hubiere.
Ponte en manos de un abogado herencias Huesca. En caso de que necesites llevar a cabo una declaración de herederos, en el despacho de Susana Barcos te asesoremos sobre los trámites a seguir. La cualidad que marca la diferencia es que sabemos escuchar atentamente a cada uno de nuestros clientes para entender tu situación, De este modo, podremos asesorarte sobre la mejor estrategia a seguir.
Te informaremos de los pasos a seguir, las peculiaridades jurídicas que usaremos y del presupuesto económico. Te informaremos puntualmente de cualquier novedad que se produzca en el proceso.
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